Publicado el 20/05/2021
En los préstamos convertibles la particularidad es la de que el prestamista (inversor), se reserva la posibilidad de capitalizar o canjear su préstamo por participaciones sociales o acciones, a una valoración de la compañía a la que presta y en el marco de rondas de inversión o aumentos de capital generalmente determinados o negociados de forma previa.
El contrato de Nota Convertible (préstamo) suele recoger los compromisos principales de las partes en el marco del correspondiente y futuro aumento de capital social en el que se articularía “la conversión” del préstamo y para el caso de que el inversor opte porque no sea devuelto, de modo que el prestamista en cierta manera ya asume de algún su condición próxima (y futura) de socio y, por lo tanto, la confianza en el buen desarrollo del proyecto empresarial, cuya valoración económica pueda crecer rápida y exponencialmente en las primeras fases de crecimiento, asegurándose una participación en ella y, tanto es así, que en muchas ocasiones es frecuente la inclusión de cláusulas de adhesión obligatoria del inversor/futuro socio al Pacto de Socios.
La parte más compleja se centra en determinar en la negociación, para evitar situaciones de bloqueo, las condiciones concretas de cada Nota Convertible, por ejemplo respecto a la valoración, dilución, límites, derechos adicionales o cuestiones relativas al momento en que cada parte podrá instar la conversión o la devolución del préstamo: un plazo antes o después del acuerdo de aumento de capital, con el simple transcurso de un plazo desde la firma, con la obtención de un hito de inversión a través de este canal.
En los préstamos convertibles se incluyen las cláusulas propias de todo contrato de préstamo, con las obligaciones características de prestamista y prestatario, siendo las más destacables las siguientes:
En la medida en la que el aumento de capital social en el que se integrará el prestamista se efectúa en un momento posterior, en el que razonablemente el valor de la compañía será superior al tiempo en el que dicho prestamista arriesgó invirtiendo en la compañía, se suelen establecer:
Hay algunas variables que pueden hacer para ciertos inversores que las Notas Convertibles no sean el canal preferido, por ejemplo cuando se aporta capital sin que todas “las reglas de juego” estén cerradas y se tenga que asumir un Pacto de Socios a regañadientes, o de que siempre existe la posibilidad de que el inversor no decida convertir, con lo que su crédito automáticamente pasa a ser deuda que hay que amortizar, lo que en ciertos casos puede llevar a la startup a una situación de desequilibrio patrimonial muy importante y pueda lastrar su viabilidad, generándose un factor de incertidumbre, al que en cualquier caso las startups están ciertamente habituadas.
Pero las ventajas de esta fórmula son muy importantes sobre otros canales e inversión o financiación en el ecosistema de las startups, por el ahorro de costes que suponen (inferiores a los de una ampliación de capital pura y dura), su sencillez, que evita discrepancias en cuanto a la valoración, y su rapidez ( al quedar postergadas para la fase posterior de la ronda de inversión en la que también suelen entrar otros inversores cuestiones relativas a las cláusulas de control o preferencia, puestos en el Consejo de Administración, valoraciones, materias reservadas o vetos), así como que también permiten que la startup pueda desarrollar su Plan de Negocio y métricas para mejora sus ratios de cara a la próxima ronda de inversión, en beneficio de todas las partes.
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